lunes, 27 de abril de 2015

Qué es un Sindicato?


Para el común de la gente, un sindicato es una asociación de personas (trabajadores) con un interés comunitario, que se agrupan para mejorar las condiciones de trabajo de sus miembros y en general, sus condiciones de vida.


En el Código Sustantivo del Trabajo Colombiano, artículo 358 se dice Los Sindicatos son asociaciones de libre ingreso y retiro de trabajadores.


Analizando los sindicatos desde el punto de vista eminentemente civil son personas jurídicas, capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representadas judicial y extrajudicialmente (art. 633 del Código Civil Colombiano)


No obstante ser de los sindicatos unas simples sociedades de trabajadores, con intereses comunes, se rigen por dos principios fundamentales: la democracia y la autonomía sindical.


La democracia se aplica para que sean todos sus miembros quienes asuman posiciones de defensa, tomen decisiones colectivas que conduzcan a esa comunidad organizada al ejercicio de una capacidad política y legal, para resolver los conflictos con una autonomía tal que favorezca sus intereses.




  

2 comentarios:

  1. Un Sindicato es un grupo de personas de una misma empresa que no están de acuerdo con las condiciones laborales de la misma y se registran como organización Sindical para que protegidos por la ley puedan exigir estos derechos que consideran su empleador no cumple, su creación se podría decir es igual a la de crear una empresa común y corriente debe tener una junta, un presidente un secretario etc. Deber realizar una respetiva serie de documentos legales, debe presentar estados financieros ante sus afiliados una misión y vision y todo lo que demande la ley en cuanto a su creación y conservación

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  2. Según registros del Archivo Sindical del Ministerio del Trabajo en los primeros 8 meses del año/14 se han radicado 180 nuevas organizaciones sindicales.
    Todo sindicato conformado debe hacer un registro sindical ante el Ministerio del Trabajo como trámite administrativo interno, para fines publicitarios.

    BOGOTÁ, oct. 28/14.- En año y medio nacieron 564 organizaciones sindicales en el país, 180 de las cuales fueron registradas entre enero y agosto del año; las 384 restantes se reportaron en 2013, según lo confirma el Archivo Sindical del Ministerio del Trabajo.

    La proporción es más alta en el sector privado que en el público. De los 180 sindicatos conformados el presente año, 151 son del sector privado, mientras que 29 son del sector público. En lo que tiene que ver con 2013, un total de 299 fueron creados en el sector privado y 85 en el público.

    Y es que tanto trabajadores como empleadores tienen el derecho de constituir sindicatos y asociaciones sin que intervenga el Estado; a los trabajadores se les reconoce el fuero sindical, de acuerdo con lo establecido en el Código Sustantivo de Trabajo en su Artículos 405 y 406. Así mismo, el artículo 8° del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) estable el respeto de su legalidad.

    El Código Sustantivo del Trabajo señala que toda organización sindical de trabajadores por el sólo hecho de ser fundada y a partir de la fecha de la asamblea constitutiva, goza de personería jurídica, es decir, a partir de ese momento los acredita como un nuevo sindicato.

    El viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Enrique Borda Villegas, explicó: "Toda asociación que se conforme debe hacer un registro sindical ante el Ministerio del Trabajo como trámite administrativo interno, que se realiza con fines publicitarios y que habilita la actuación de los sindicatos una vez materializada su inscripción".

    La inscripción para el registro es competencia de la organización y la debe solicitar por escrito dentro de los 5 días hábiles siguientes de la realización de la asamblea de fundación, la cual debe ir acompañada de los documentos de soporte como la copia del acta de fundación, elección de la junta directiva, acta de la asamblea, un ejemplar de los estatutos del sindicato, nómina de la junta directiva y nómina del personal de afiliados.

    Cuando los estatutos del sindicato sean contrarios a la Constitución y a la Ley, y cuando sean constituidos con un menor número de miembros al exigido por la Ley, son causas de negación para la inscripción en el registro sindical. Un sindicato se conforma con un mínimo 25 personas, una Federación Nacional con un mínimo de 20 sindicatos y una regional o local con un mínimo de 10 Federaciones.

    Según explicó el viceministro Borda en desarrollo de los lineamientos de un sindicalismo participativo en el periodo comprendido entre julio de 2013 a junio 2014 se reportan mil 570 contratos sindicales. Valle del Cauca tiene el mayor número de registros en sector de industria y comercio; seguido de Santander y Antioquia.

    http://www.mintrabajo.gov.co

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