Sentencia T-619/13
SINDICATO-Titularidad
para interponer tutela/LEGITIMACION POR ACTIVA DEL SINDICATO
LEGITIMACION DE SINDICATO
PARA INTERPONER ACCION DE TUTELA A FAVOR DE SUS AFILIADOS
DERECHO DE ASOCIACION
SINDICAL-Procedencia de tutela por discriminación injustificada a los afiliados
de sindicato.
LIBERTAD DE ASOCIACION
SINDICAL Y DERECHO A LA IGUALDAD-No puede existir discriminación del trabajador
por estar o no afiliado a un sindicato
Esta corporación ha
considerado como ilegítima e ilegal toda conducta por parte del empleador que
se oriente a (i) desalentar a los posibles asociados, sancionarlos o
discriminarlos por hacerlo; (ii) acudir a la facultad de terminación del
contrato sin justa causa respecto de alguno de los miembros de la organización
con el propósito de afectarla; (iii) adoptar conductas discriminatorias basadas
en la circunstancia de estar o no afiliado al sindicato, favoreciendo a los no
sindicalizados en contra de los sindicalizados, como cuando se hace uso de “los
factores de remuneración o de las prestaciones sociales para golpear a quienes
se asocian, para desestimular el crecimiento del sindicato o para presionar los
retiros de este”, creando diversos planes de beneficios, favoreciendo a los no afiliados
al sindicato.
DERECHO DE ASOCIACION
SINDICAL-Protección constitucional
DERECHO DE ASOCIACION
SINDICAL-Protección por la Constitución y convenios internacionales
DERECHO DE ASOCIACION
SINDICAL-Vulneración por Electricaribe por inclusión de cláusulas en los
contratos laborales, en las cuales se renuncia expresamente a los beneficios de
la convención colectiva a cambio de bonificación económica
DERECHO DE ASOCIACION
SINDICAL-Vulneración por Electricaribe por implementación de la “política
retributiva” para los trabajadores no sindicalizados
DERECHO DE PETICION Y
LIBERTAD SINDICAL-Vulneración en la omisión de la contestación oportuna y de
fondo a derechos de petición para probar discriminación de los trabajadores
afiliados al sindicato frente a trabajadores no sindicalizados
Con la omisión en la
contestación oportuna y de fondo a los derechos de petición, elevados por el
presidente de la subdirectiva Bolívar, se observa que se vulneró no solo el derecho
de petición sino que además, se provocó con ello la obstaculización en el
acceso a la información del sindicato, así como la materialización en su
dimensión instrumental, en la medida en que al no obtener información les fue
imposible acudir ante la autoridad encargada para reivindicar sus derechos.
DERECHO DE
ASOCIACION SINDICAL-Orden a empleador se abstenga de incluir dentro de
contratos laborales cláusulas en las que se ofrezca prebendas o bonificaciones
económicas a cambio de la renuncia expresa a beneficios convencionales
DERECHO DE
ASOCIACION SINDICAL-Orden a empleador se abstenga de incurrir en acto
discriminatorio contra trabajadores que pertenezcan a la asociación sindical.
http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2013/T-619-13.htmhttp://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2013/T-619-13.htm
Sentencia T-619/13
SINDICATO-Titularidad
para interponer tutela/LEGITIMACION POR ACTIVA DEL SINDICATO
LEGITIMACION DE SINDICATO
PARA INTERPONER ACCION DE TUTELA A FAVOR DE SUS AFILIADOS
DERECHO DE ASOCIACION
SINDICAL-Procedencia de tutela por discriminación injustificada a los afiliados
de sindicato.
LIBERTAD DE ASOCIACION
SINDICAL Y DERECHO A LA IGUALDAD-No puede existir discriminación del trabajador
por estar o no afiliado a un sindicato
Esta corporación ha
considerado como ilegítima e ilegal toda conducta por parte del empleador que
se oriente a (i) desalentar a los posibles asociados, sancionarlos o
discriminarlos por hacerlo; (ii) acudir a la facultad de terminación del
contrato sin justa causa respecto de alguno de los miembros de la organización
con el propósito de afectarla; (iii) adoptar conductas discriminatorias basadas
en la circunstancia de estar o no afiliado al sindicato, favoreciendo a los no
sindicalizados en contra de los sindicalizados, como cuando se hace uso de “los
factores de remuneración o de las prestaciones sociales para golpear a quienes
se asocian, para desestimular el crecimiento del sindicato o para presionar los
retiros de este”, creando diversos planes de beneficios, favoreciendo a los no afiliados
al sindicato.
DERECHO DE ASOCIACION
SINDICAL-Protección constitucional
DERECHO DE ASOCIACION
SINDICAL-Protección por la Constitución y convenios internacionales
DERECHO DE ASOCIACION
SINDICAL-Vulneración por Electricaribe por inclusión de cláusulas en los
contratos laborales, en las cuales se renuncia expresamente a los beneficios de
la convención colectiva a cambio de bonificación económica
DERECHO DE ASOCIACION
SINDICAL-Vulneración por Electricaribe por implementación de la “política
retributiva” para los trabajadores no sindicalizados
DERECHO DE PETICION Y
LIBERTAD SINDICAL-Vulneración en la omisión de la contestación oportuna y de
fondo a derechos de petición para probar discriminación de los trabajadores
afiliados al sindicato frente a trabajadores no sindicalizados
Con la omisión en la
contestación oportuna y de fondo a los derechos de petición, elevados por el
presidente de la subdirectiva Bolívar, se observa que se vulneró no solo el derecho
de petición sino que además, se provocó con ello la obstaculización en el
acceso a la información del sindicato, así como la materialización en su
dimensión instrumental, en la medida en que al no obtener información les fue
imposible acudir ante la autoridad encargada para reivindicar sus derechos.
DERECHO DE
ASOCIACION SINDICAL-Orden a empleador se abstenga de incluir dentro de
contratos laborales cláusulas en las que se ofrezca prebendas o bonificaciones
económicas a cambio de la renuncia expresa a beneficios convencionales
DERECHO DE
ASOCIACION SINDICAL-Orden a empleador se abstenga de incurrir en acto
discriminatorio contra trabajadores que pertenezcan a la asociación sindical.
http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2013/T-619-13.htmhttp://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2013/T-619-13.htm
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Tu opinión es importante para nosotros.